A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante De Oficio·Demandado Guerrero Ortega Oscar Edmundo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Penal Especializado de Popayán, Cauca, y el Resguardo Indígena AWA Chiringuito Mira.
La causa de la controversia radica en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano, miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos o factores establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia.
Se acredita el elemento personal.
Del factor territorial, la Corte no cuenta con los elementos probatorios para acreditarlo.
En relación con el factor objetivo, la Sala Plena advierte que existe una concurrencia de intereses entre la sociedad mayoritaria y la comunidad indígena para conocer y juzgar el delito que se le imputó al comunero, por lo que el mismo no es determinante para atribuir la competencia.
En cuanto al elemento institucional, la Sala concluye que, de los elementos de prueba disponibles en el expediente, no se evidenció (i) que existiera una institucionalidad social y política que permita identificar cuáles son los procedimientos establecidos para tramitar este caso por parte del Resguardo Indígena Chiringuito Mira; (ii) que exista predecibilidad o previsibilidad sobre las actuaciones de las autoridades tradicionales, y la nocividad social de ciertas conductas, en atención al principio de legalidad; y (iii) no se logró verificar cierta compatibilidad entre el derecho propio y el debido proceso, y en particular que se garantice el derecho de defensa.
La Corte decide asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal y dispone el envío del expediente al Juzgado Cuarto Penal Especializado de Popayán, Cauca para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Penal Especializado de Popayán, Cauca y el Resguardo Indígena AWA Chiringuito Mira y DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Penal Especializado de Popayán, Cauca es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de Óscar Edmundo Guerrero Ortega por el delito de tráfico de estupefacientes agravado.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5655 al Juzgado
- Cuarto. Penal Especializado de Popayán, Cauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Indígena AWA Chiringuito Mira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.